La realización de tratamientos por cuenta de terceros debe estar regulada en un contrato que deberá constar por escrito o en alguna otra forma que permita acreditar su celebración y contenido, estableciéndose expresamente que:
-El encargado del tratamiento (gestoría) sólo tratará los datos según las instrucciones del responsable.
-No los aplicará con fines distintos, ni los comunicará a terceros.
-Las medidas de seguridad que debe adoptar.
